Reiteran que poderes y gobiernos deben reconocer y respetar los derechos humanos sin discriminación

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En el país, 17 estados reconocen el matrimonio igualitario: 12 en sus legislaciones y cinco a través de acciones de inconstitucionalidad


Por: Mario Rafael León

A 10 años del reconocimiento y aprobación del matrimonio igualitario en la Ciudad de México, la Secretaría de Gobernación; la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) reiteran la importancia de que los tres poderes, en sus tres niveles de gobierno, avancen en el reconocimiento, garantía y respeto de los derechos humanos sin discriminación en todo el territorio nacional.

Mediante un comunicado, el Conapred recuerda que actualmente, en el país, 17 entidades federativas reconocen el matrimonio igualitario en sus legislaciones; 12 de ellas a través de reformas a sus códigos civiles y/o familiares (Baja California Sur, Ciudad de México, Campeche, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, San Luis Potosí, Oaxaca y Quintana Roo), y cinco a través de acciones de inconstitucionalidad resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Aguascalientes, Chiapas, Jalisco, Nuevo León y Puebla).

“A 10 años del reconocimiento y aprobación del matrimonio igualitario, por la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la Secretaría de Gobernación, bajo la dirección de su titular, Olga Sánchez Cordero, a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), saludan el trabajo desarrollado de manera conjunta entre la sociedad civil y las autoridades locales, con lo cual se logró reconocer el derecho a formar una familia, a través de la institución del matrimonio, a las parejas del mismo sexo, a quienes históricamente se les había negado”, se lee en el documento.

Este hecho, dice el comunicado, convirtió a la Ciudad de México en la primera urbe en América Latina en reconocer el matrimonio igualitario en su legislación civil. Posteriormente, en 2010, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 2/2010, en la que se determinó que el matrimonio, definido como la unión exclusivamente entre un hombre y una mujer, con fines de procreación, es inconstitucional y promueve la desigualdad.

De esta manera, el criterio asumido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sirvió para colocar en el debate público la agenda pendiente de la diversidad sexual y de género, pues en esa resolución, la Suprema Corte reconoció la orientación sexual como una categoría protegida contra la discriminación.

“Con ello, se reconocen los derechos de todas las personas sin discriminación para construir un México cada vez más incluyente e ir fortaleciendo nuestra democracia”, manifiesta el Conapred.

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